martes, 27 de noviembre de 2007

Contrato Compra-Venta (Parte 2 de 5)

II. OBLIGACIONES DEL VENDEDOR:
  • Entregar la cosa vendida
  • Prestar la garantía o saneamiento por evicción de vicios ocultos
  • Pagar los gastos de entrega de la cosa vendida y los otorgamientos de escritura (aunque si vamos a la práctica los suele pagar el comprador, este punto es muy flexible)
  • NOTA: Código Civil de Venta de Inmuebles es a partir del Artículo 1.469
  • Saneamiento: El vendedor está obligado al saneamiento de la cosa objeto de la venta, ya sea por evicción o por vicios ocultos
  • Gravámenes Ocultos: Si la finca esta gravada, sin mencionarlo en la escritura, de tal manera que el comprador si lo hubiese sabido no habría adquirido el inmueble, el comprador podrá pedir la rescisión del contrato a no ser que prefiera la indemnización correspondiente.
  • Vicios Ocultos: El vendedor responde al comprador del saneamiento por los vicios o defectos ocultos de la cosa vendida, aunque los ignorase. Sí el vendedor conocía los vicios ocultos, sufrirá este la pérdida, y deberá restituir el precio y abonar los gastos del contrato, con los daños y prejuicios. Si el vendedor obró de mala fe, deberá abonar al comprador los daños e intereses.

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