lunes, 14 de abril de 2008

Venta de una VPO

Las viviendas VPO se pueden vender a precio libre, para lo cual hay que seguir una serie de pasos, o bien venderla como vivienda protegida:

- Si queremos realizar la venta de una VPO a precio libre, primero hay que descalificarla. Descalificar una vivienda VPO significa transformarla en una vivienda libre, para lo cual hay que devolver todas las cantidades que la Administración ha abonado al propietario en concepto de ayudas o subvenciones.
- En el caso de las VPO de promoción pública, en régimen de cesión, no se puede descalifica, aunque si vender pero al precio establecido para este tipo de vivienda.

Normalmente suele interesar, siempre que se pueda, descalificar la vivienda, puesto que el precio de la vivienda por metro cuadrado se incrementará ya que el precio de las de VPO es mucho más pequeño.

El Gobierno establece un precio máximo de venta, que podrá verse incrementado en determinados porcentajes según los municipios.

El precio que ha establecido el Ministerio de Fomento, como Módulo para la venta de las VPO es de 636.25€/m² que será revisado cada año por el Consejo de Ministros.
La normativa de VPO, establece que las Comunidades Autónomas podrán elevar el precio básico de venta anterior en determinados porcentajes según el tipo de municipio:
- Tipo A: La comunidad autónoma respectiva podrá elevar el precio de venta en un 40%.
- Tipo B: Podrá elevarlo en un 20%.
- Tipo C: Podrá elevarlo en un 10%.

El precio de venta por m² de superficie útil de una vivienda de protección oficial será, para cada área geográfica homogénea, igual o inferior a uno como dos veces el módulo (m) aplicable, vigente en la fecha de la concesión de la calificación definitiva.

Transcurrido el año desde la concesión de dicha calificación, y durante los cuatro siguientes años, el precio de venta por metro cuadrado de superficie útil de una vivienda de protección oficial, en segunda o posteriores transmisiones, será igual o inferior al 90% de 1.2 por el módulo (m) aplicable vigente en el momento de la celebración del correspondiente contrato de compraventa o arrendamiento.
Se establece también que este precio de venta irá decreciendo paulatinamente, al aplicarse cada vez un porcentaje menor al aplicar sobre el módulo, hasta llegar al 70% aplicable hasta el trigésimo año.

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