jueves, 24 de abril de 2008

Forma de los contratos sobre VPO

Los contratos de compraventa y de arrendamiento de viviendas VPO habrán de visarse por las delegaciones provinciales del Ministerio de Fomento, a petición del vendedor o arrendador.
Los promotores estarán obligados a elevar a escritura pública, en el plazo de 3 meses a contar desde la concesión de la calificación definitiva, los contratos de compraventa celebrados con anterioridad a la concesión de dicha calificación.
Si la compraventa tuviera lugar con posterioridad a la concesión de la calificación definitiva, dicho plazo se contará desde la firma del contrato.

De la elevación a escritura pública deberá dejarse constancia por el vendedor mediante entrega de copia simple de la misa en la delegación provincial de Ministerio de Fomento en el plazo de 15 días.

Financiación Cualificada

Existen las siguientes modalidades:

- Préstamos cualificados concedidos por las entidades de crédito públicas y privadas en el ámbito de los convenios suscritos por el Ministerio de Fomento con las mismas.
- Ayudas económicas directas:
○ Subsidiación de los préstamos cualificados
○ Subvenciones
○ Otras ayudas económicas directas destinadas a facilitar el pago de la entrada para el primer acceso a la vivienda en propiedad.

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